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Estatuto de Vigilante de Interior de Hunosa

9. PROMOCIÓN
Dada la misión eminentemente práctica del Vigilante, deberá promocionarse entre aquellos trabajadores que destaquen por sus conocimientos, competencia, entrega y cualidades morales.
La promoción a Vigilante 1ª se hará procurando conjugar la antigüedad en la categoría con sus dotes profesionales: experiencia, dotes de mando, entrega al trabajo, etc., y con sus cualidades morales: seriedad, rectitud, etc.
Con independencia de los derechos atribuidos en esta materia al Comité de Centro, tanto del acceso a la categoría de Vigilante de 2ª como de la promoción a Vigilante de 1ª, se informará previamente a los representantes de la Asociación de Vigilantes y las Centrales Sindicales.

10. FORMACIÓN
Es un derecho y un deber de todo mando en la Empresa. Su necesidad se hace patente ante la complejidad cada día mayor de problemas de: organización, mecanización, relaciones laborales, etc.
Por ello se establece como obligatoria la asistencia de los candidatos a la categoría a los cursos de Formación Profesional establecidos por la Empresa, en los que deberán superar las pruebas correspondientes.
Igualmente, la Empresa establecerá aquellos cursos que sobre temas generales o para determinadas especialidades considere necesario.
La Asociación de Vigilantes y las Centrales Sindicales podrán proponer a la Empresa la realización de determinados cursos o la elección de temas para incluir en los cursos aludidos. Una vez estudiada la propuesta, si es aprobada, se programará su realización.
Normalmente esta formación se desarrollará en tiempo de trabajo y los casos excepcionales que exijan su desarrollo fuera del mismo tendrán la consideración de trabajos extraordinarios.



Vigilantes

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